Subvenciones y ayudas.
OBJETO DE LA AYUDA
Impulsar los pequeños negocios digitalmente.
¿A QUÉ SE PUEDE DESTINAR LA AYUDA?
Concretamente, se deberá destinar la subvención a alguna o algunas de las siguientes acciones:
- Diseño y desarrollo web
- E-commerce o tiendas de comercio electrónico
- Gestión de Redes sociales
- Gestión de clientes y/o proveedores
- Inteligencia empresarial y analítica
- Servicios y herramientas de oficinas virtuales
- Facturas electrónicas
- Ciberseguridad
- Presencia avanzada en internet
- Marketplace
BENEFICIARIOS:
Las pequeñas empresas, microempresas y autónomos que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar dados de alta como autónomos o como empresas con una antigüedad mínima de 6 meses desde la fecha de la solicitud
- Estar dado de alta y tener más de 6 meses de antigüedad
- Estar al corriente de las obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social
- Realizar un test de madurez digital
- En el caso de las empresas que tengan entre 3 y 10 trabajadores deben tener el domicilio fiscal en territorio del estado español.
CUANTÍA:
Dependiente de la dimensión de la empresa que lo solicita la ayuda va desde los 2.000€ hasta los 12.000€
- Empresa de menos de 3 trabajadores: 3.000€ máximo (incluyendo el alquiler de un ordenador por 1.000€ durante 12 meses) HASTA OCTUBRE 2025
- Empresa de 3 a menos de 10 trabajadores: 6.000€ máximo HASTA 31 DE DICIEMBRE 2024
- Empresa de 10 a menos de 50 trabajadores: 12.000€ máximo HASTA 31 DE DICIEMBRE 2024
- Empresas de 50 a 100 trabajadores: 25.000€ HASTA JUNIO 2025
- Empresas de 100 a 250 trabajadores: 29.000€ HASTA JUNIO 2025
TRAMITACIÓN:
El pago no se efectuará de forma directa al beneficiario, sino que la empresa o autónomo que tenga derecho a estas ayudas, y las solicite, se le concederá un «Bono digital» por la cantidad determinada que recibirá directamente la empresa que preste el servicio digital.
Por este motivo, las empresas que presten los servicios son aquellas que se han inscrito como agente digitalizadores. Por tanto, la ayuda sólo se obtendrá si la acción subvencionable se contrata a alguna de las empresas que se han registrado para prestar los servicios.
PLAZO:
- Hasta el 31 de diciembre de 2024, independientemente del número de trabajadores de la empresa.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES:
- Sitio Web y Presencia en Internet
- Comercio electrónico
- Gestión de Redes Sociales
- Gestión de Clientes
- Business Intelligence y Analítica
- Gestión de Procesos
- Factura Electrónica
- Servicio y herramientas de Oficina Virtual
- Comunicaciones Seguras
- Ciberseguridad
- Presencia avanzada en internet
- Marketplace
Objeto:
El Plan MOVES III tiene el objeto de incentivar la movilidad eficiente y sostenible.
Beneficiarios:
- Autónomos o personas físicas que desarrollen actividad económica.
- Personas físicas mayores de edad.
- Personas jurídicas, comunidades de propietarios, administraciones y sector público institucional.
Límites de ayuda por tipo de destinatario:
Destinatarios últimos | Límite total de ayuda |
Ordinal 1º. Personas físicas con actividad económica (autónomos) | Lo establecido por el Reglamento de minimis |
Ordinal 2º. personas físicas | 1 vehículo por destinatario último y convocatoria |
Ordinales 3º, 4º y 5º. Comunidades de propietarios, empresas y entidades locales y el sector público institucional | 250 vehículos / destinatario último y año |
Inversiones directas de la administración autonómica | 250 vehículos / destinatario último y año |
Actuaciones elegibles:
- Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible.
- Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Dotación presupuestaria:
Del presupuesto disponible (400.000.000 euros), Cataluña cuenta con 65.587.765 euros en esta convocatoria.
Características:
- El presupuesto de este programa podrá ser objeto de financiación con el Mecanismo Europeo de Recuperación en la medida en que los programas de incentivos aprobados por este Real Decreto resulten incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se apruebe por las instituciones europeas competentes.
- Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas que pudieran conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente.
- Resolución de otorgamiento desde la presentación de la solicitud con un máximo de 6 meses.
- Plazo por ejecución y justificación de 12 meses, desde que se recibe el otorgamiento.
- Se cobra la ayuda otorgada una vez validada la justificación presentada.
- Las actuaciones serán subvencionables desde el 10 de abril de 2021 excepto las actuaciones realizadas por personas jurídicas o por entidades que desarrollen actividad económica que deben realizarse tras la solicitud. Por lo tanto, la fecha de compra, matriculación del vehículo y factura del vehículo deben ser en todos los casos desde el 10 de abril de 2021.
Plazo:
CERRADA
Del 2 de octubre de 2021 a las 9:00 h hasta que se agote el presupuesto disponible, o, como máximo, el 31 de diciembre de 2024.
El SOC ha abierto la convocatoria anticipada para 2025 del programa Forma e Inserta, que permite acceder a subvenciones para llevar a cabo acciones formativas con compromiso de contratación. El Programa Forma e Inserta promueve la realización de acciones formativas destinadas, preferentemente, a personas en situación de desempleo, para cubrir las necesidades de contratación de las empresas. El SOC subvenciona la formación. Por su parte, el compromiso de contratación es del 40 % en empresas, gremios y asociaciones empresariales, y del 60% en centros de formación.
BENEFICIARIOS
- Entidades de formación del Registro del SOC.
- Empresas, gremios, cooperativas, fundaciones o asociaciones con centro de trabajo en Cataluña.
- Agrupaciones de entidades, físicas o jurídicas, públicas o privadas.
PERSONAS DESTINATARIAS
Las acciones de formación se dirigen, prioritariamente, a personas trabajadoras en situación de desempleo, que sean demandantes de empleo no ocupadas (DONO), en una proporción mínima del 70% sobre los alumnos inscritos en la acción formativa. El porcentaje de personas trabajadoras ocupadas que pueden participar es del 30%. También pueden participar en la convocatoria de Forma e Inserta las personas afectadas por un ERTE y, a los efectos del cálculo de los porcentajes mencionados, no computan como ocupadas, tal y como se establece en la Orden TES/1109/2020. El alumnado participante, sean personas desempleadas u ocupadas, debe estar inscritas en las oficinas del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Certificados profesionales
- Especialidades no conducentes a certificados profesionales
- Formación a medida
- Prácticas no laborales
CUANTÍA
La cuantía de la subvención se determina con la aplicación de un módulo económico de acción formativa por el número de alumnos otorgados. Este módulo se convertirá en un módulo de resultado vinculado al compromiso de contratación asumido por la entidad.
CARACTERÍSTICAS
- Cada entidad beneficiaria debe iniciar, al menos, una de las acciones formativas antes del 30 de diciembre de 2025 y deben terminar, como máximo, el 30 de noviembre de 2026.
- La justificación se podrá hacer en plazo comprendido entre los días 1 y 30 de diciembre de 2026.
- Presupuesto de la convocatoria: 5.500.000,00 euros.
- Se puede hacer más de una solicitud con una diferencia mínima de 2 meses entre una solicitud y la otra.
PLAZO
El plazo de presentación de las solicitudes comienza el 26 de febrero de 2025 y termina el 31 de octubre de 2025.
El Departamento de Empresa y Trabajo ha publicado las ayudas a la reindustrialización y el mantenimiento de la actividad industrial en situación de dificultad en Cataluña, para 2025.
BENEFICIARIOS
Empresas industriales con código de clasificación catalana de actividad económica 10, 11, del 13 al 32, ambos incluidos, y 38 que tengan sede operativa en Cataluña, o bien que sean de nueva implantación en Cataluña.
PROYECTO SUBVENCIONABLES
- Ayudas a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de cierre o deslocalización.
- Ayudas al mantenimiento dactividad industrial en situación de dificultad.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Ayudas a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de cierre o deslocalización:
- La inversión en activos fijos del establecimiento productivo objeto del cierre. Los activos fijos objeto de ayuda deben incluirse en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 3 años desde la fecha de finalización del proyecto.
- La contratación de los puestos de trabajo afectados por el proyecto de reindustrialización, que se mantendrán al menos durante 3 años desde la contratación.
Ayudas al mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad:
- La adquisición de los activos fijos productivos de la unidad productiva en situación de dificultad, que se mantendrán al menos 2 años desde la adquisición.
- La subrogación de los puestos de trabajo de la unidad productiva en situación concursal o situación de dificultad, que se mantendrán al menos durante 2 años desde la contratación.
CUANTÍA
Se trata de una subvención a fondo perdido con una intensidad máxima de 2.500.000€ por proyecto.
PLAZO
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 08/01/2025 a las 09:00 h y finalizará el 01/10/2025 a las 14:00 h.
El objeto de la ayuda es el de fomentar la retirada en origen de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña, y la gestión correcta de los residuos de amianto. La finalidad de la subvención es promover y fomentar la retirada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, y procurar que ésta se efectúe en condiciones óptimas, con la finalidad última de la mejora ambiental y la minimización del riesgo que este material conlleva para la salud pública.
BENEFICIARIOS
Los propietarios de bienes inmuebles que contengan elementos de amianto procedentes de la construcción que impulsen su desamiantaje, sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o comunidades de vecinos.
CUANTÍA
La subvención será de carácter dinerario, con un porcentaje del 100% de las facturas presentadas y un máximo por metro cuadrado de cubierta de amianto según el escalado siguiente: Importe máximo subvencionable:
- Cubiertas de amianto de hasta 49 m2: (2.000 €)
- Cubiertas de amianto de 50 m2 hasta 99 m2: (40 €/m2)
- Cubiertas de amianto de 100 m2 hasta 499 m2: (30 €/m2)
- Cubiertas de amianto de 500 m2 hasta 999 m2: (25 €/m2)
- Cubiertas de amianto a partir de 1000 m2: (20 €/m2)
Estos importes son para cada actuación subvencionada, según presupuesto de la empresa RERA que efectuará los trabajos de retirada de material de amianto. El importe de la ayuda incluye la retirada de amianto efectuada por empresas inscritas en el RERA, su transporte, así como la gestión y el tratamiento de los residuos de amianto.
CARACTERÍSTICAS
- Ayuda sometido al régimen de minimis
- El procedimiento de concesión es el de concurrencia pública no competitiva
- Se debe dar publicidad a las subvenciones concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y los beneficiarios mediante su exposición en el Tablón de anuncios de la Generalidad de Cataluña y en la web de la Agencia de Residuos de Cataluña.
- El periodo de ejecución va desde la fecha de presentación de la solicitud hasta 24 meses después de la fecha de resolución de otorgamiento.
- El plazo máximo de justificación será de 27 meses desde la fecha de resolución de otorgamiento.
PLAZO
El plazo de solicitud comienza el 15 de enero de 2025 y estará abierto hasta el 28 de noviembre de 2025 o hasta el agotamiento del presupuesto disponible.
El objetivo de esta ayuda es financiar proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) para impulsar y hacer más competitiva la oferta de productos y servicios necesarios para el despliegue de los espacios de datos en todos los sectores económicos y para todos los intervinientes en los ecosistemas de compartición de datos. Los productos y servicios de espacios de datos incluyen, entre otros, plataformas de datos, herramientas de explotación de datos, infraestructuras de datos y cualquier otro recurso tecnológico que permita la gestión eficiente y el aprovechamiento de los datos y su compartición.
BENEFICIARIOS
- Empresas y asociaciones empresariales de carácter público o privado, independientemente de su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica.
- Organismos de investigación y difusión de conocimientos de carácter público y privado.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir las definiciones recogidas en el Anexo I de las Bases Reguladoras.
ACTUACIONES ELEGIBLES
- Building blocks de espacios de datos: Proyectos asociados al desarrollo de componentes técnicos fundamentales de las arquitecturas de espacios de datos como, por ejemplo, conectores, registro de datos, gestión de identidad, modelos de datos, etc.
- Productos y servicios de datos: Proyectos que desarrollen productos y servicios que implementen un caso de uso integrado en un espacio de datos. Estos tendrán una aplicación directa en uno o varios sectores económicos aportando un plan de negocio viable.
- Herramientas de tratamiento de datos: Proyectos asociados a herramientas para la preparación y tratamiento de datos, con carácter previo a la conexión a un espacio de datos, como por ejemplo la anonimización de datos, la generación de datos sintéticos, la mejora de la calidad de los datos, su depuración, etc.
- Plataformas de espacios de datos: Proyectos que desarrollen soluciones de plataforma como servicio (PaaS) de espacios de datos. Estas plataformas ofrecen a entidades que no pueden/quieren desarrollar su propia solución de espacio de datos acceso en modo servicio a la construcción de su propio espacio de datos. También se incluyen en esta categoría soluciones que permitan a entidades conectarse directamente a un espacio de datos existente.
- Descubrimiento de datos: Proyectos enfocados al desarrollo de herramientas para el descubrimiento de los datos de una empresa, así como el análisis de los mismos para su futura explotación e incorporación a un espacio de datos.
- Herramientas para asegurar el cumplimiento normativo: Productos de software que permitan adaptar un espacio de datos al cumplimiento de la normativa nacional y/o europea.
Los proyectos deberán finalizar como máximo el 30 de junio de 2026.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Gastos de personal: investigadores, técnicos y otro personal auxiliar en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto.
- Gastos de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas así como los costes de consultoría y servicios equivalentes.
- Costes generales directamente derivados del proyecto, en los que se podrán imputar hasta un 15% de los costes de personal del proyecto, los gastos de capacitación del personal en tecnologías asociadas al proyecto y gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto.
- Otros costes de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares.
CUANTÍA
La intensidad de la ayuda, en forma de subvención a fondo perdido, será:
- Empresas públicas y privadas, asociaciones empresariales y organismos privados de investigación y difusión: del 45% de los costes subvencionables del proyecto en el caso de las pequeñas empresas, del 35% en el caso de las medianas y del 25% en el caso de las grandes empresas. La intensidad podrá incrementarse en 15 puntos porcentuales si los resultados del proyecto se difunden ampliamente.
- Organismos públicos de investigación y difusión de conocimientos: del 100% de los costes marginales subvencionables del proyecto.
Los proyectos tendrán un presupuesto subvencionable mínimo de 300.000 euros y máximo de 1.000.000 de euros.
PLAZO
El plazo de solicitud comenzará a las 9:00h del 20/12/2024 y finalizará el 31/01/2025 a las 14:59h.
Fomentar proyectos para la aceleración de la transición hacia una economía circular en Cataluña, mediante la mejora de la eficiencia en el uso de los recursos materiales y el desacoplamiento del desarrollo económico global del consumo de recursos.
Beneficiarios:
Pueden optar a las subvenciones que regulan estas bases las empresas beneficiarias siguientes, siempre que tengan al menos un establecimiento operativo ubicado en Cataluña, que la actuación o actuaciones principales objeto de la convocatoria se desarrollen en Cataluña, y que el proyecto subvencionado redunde en beneficio del citado establecimiento o en el ámbito territorial de Cataluña:
- Proyectos de clase A o B: empresas privadas y agrupaciones de empresas privadas.
- Proyectos de clase C: organizaciones empresariales que tengan como finalidad representar los intereses de un sector empresarial o de un ámbito territorial, siempre que sean de naturaleza privada y con personalidad jurídica propia, o sindicatos.
Actuaciones subvencionables:
Clase A. Proyectos de implementación en el mercado de nuevos productos o servicios de las siguientes categorías: 1) Ecodiseño de productos o servicios que promuevan más eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua y la energía con una mejora de las prestaciones ambientales y una reducción del impacto ambiental en todo su ciclo de vida. Son ejemplos de proyectos subvencionables: productos y servicios desmaterializados, con reducción del peso material, multifuncionales, monomateriales, fabricados con materiales reciclados, de larga vida, reparables, reutilizables, remanufacturables, reciclables, modulares y actualizables, con sustitución de materias primas no renovables por materias primas renovables, etc. 2) Nuevos modelos de negocio que favorezcan la eficiencia de los recursos (servitización, economía colaborativa, etc.). 3) Reutilización, preparación para la reutilización, mantenimiento y reparación de productos y de otras vías para alargar la vida útil de los productos y de sus componentes. 4) Aprovechamiento alimentario. Proyectos que trabajen en la línea del aprovechamiento y la valorización alimentarios en cualquiera de las bazas de la cadena alimentaria. 5) Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o el fabricante de estos productos, con la finalidad de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos (take-back schemes). 6) Remanufactura. 7) Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua y la energía. Clase B. Proyectos de obtención y testeo de prototipos o proyectos demostrativos de nuevos productos o servicios, de las siguientes categorías: 1. Ecodiseño de productos o servicios que promuevan más eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua y la energía con una mejora de las prestaciones ambientales y una reducción del impacto ambiental en todo su ciclo de vida. Son ejemplos de proyectos subvencionables: productos y servicios desmaterializados, con reducción del peso material, multifuncionales, monomateriales, fabricados con materiales reciclados, de larga vida, reparables, reutilizables, remanufacturables, reciclables, modulares y actualizables, con sustitución de materias primas no renovables por materias primas renovables, etc. 2. Nuevos modelos de negocio que favorezcan la eficiencia de los recursos (servitización, economía colaborativa, etc.). 3. Reutilización, preparación para la reutilización, mantenimiento y reparación de productos y de otras vías para alargar la vida útil de los productos y de sus componentes. 4. Aprovechamiento alimentario. Proyectos que trabajen en la línea del aprovechamiento y la valorización alimentarios en cualquiera de las bazas de la cadena alimentaria. 5. Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o el fabricante de estos productos, con la finalidad de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos (take-back schemes). 6. Remanufactura. 7. Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua y la energía.
Clase C. Estudios sectoriales y territoriales de simbiosis industrial para asociaciones empresariales privadas o sindicales: Se consideran dentro de esta clase los proyectos que incluyen la elaboración de estudios sobre el potencial de la economía circular en un sector o subsector concreto o estudios territoriales de simbiosis industrial, así como las acciones de comunicación que deriven (campañas, jornadas, etc.). Estos estudios deben justificar la necesidad detectada en el sector o en el territorio y deben acompañar, obligatoriamente, cartas de apoyo al proyecto y de confirmación de participación activa de los actores involucrados (miembros de la asociación empresarial y entes locales del territorio). Su participación debe asegurarse, como mínimo, en las actuaciones comunicativas del proyecto y de divulgación de los resultados del proyecto. Las clases son excluyentes entre ellas. Un mismo proyecto no puede ser una combinación de las clases A, B o C.
Cuantía de la subvención:
El importe de la ayuda es de un máximo del 75% de los gastos objeto de la ayuda para microempresas, pymes y centros tecnológicos y universidades, o del 50% si la empresa beneficiaria no es una microempresa o una pyme. El importe es de un máximo de 90.000 euros por proyecto en el caso de proyectos de la clase A, de 60.000 euros por proyecto en el caso de proyectos de la clase B, y de 30.000 euros por proyecto en el caso de proyectos de la clase C.
Presupuesto:
La dotación máxima que determina esta convocatoria es 1.700.000€. Este presupuesto se distribuye así:
- Proyectos de clase A y B: el 90% de la dotación presupuestaria.
- Proyectos de clase C: el 10% de la dotación presupuestaria.
Los fondos no utilizados en los proyectos de clase C se pueden redistribuir en los proyectos de clase A y B.
Características:
- En cuanto al coste del informe de auditoría, la intensidad máxima de ayuda es del 100%.
- Ayudas sometidas al régimen de minimis.
- El gasto mínimo, realizado y justificado, de la actividad subvencionada exigible es del 50% de los gastos subvencionables incluidos en el proyecto presentado (excluyendo los gastos del informe de auditoría).
- Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.
Plazo:
El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas es del 4 de febrero hasta las 14h del 4 de marzo de 2025.
Actualizado el 17/01/2024