En enero de 2019, el Tribunal Supremo sentencia que las cláusulas en que los bancos obligaban a los consumidores a asumir los gastos derivados de la constitución de la hipoteca eran abusivas. Ahora, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado que la reclamación contra el banco de estos gastos no prescribe, y por tanto, ha abierto la puerta a que muchos casos que se consideraban prescritos no lo estén.
Te explicamos en más detalle qué se puede reclamar:
La cláusula abusiva obligaba al cliente a hacerse cargo de los gastos derivados de las gestiones de la hipoteca. Estos gastos, que ahora el banco debe devolver son:
- Gestoría
- Registro
- Tasación
- Notario (sólo se devuelve el 50%)
- Intereses de demora
¿Quién puede reclamar? Personas físicas con hipotecas anteriores a junio de 2019 y que tengan la cláusula abusiva.
Documentación necesaria:
- Escritura de la hipoteca
- Factura de la gestoría
- Factura del registro
- Factura de la tasación
- Factura del notario
Si crees que tu hipoteca contiene esta cláusula ponte en contacto con nosotros y tramitaremos la reclamación por ti.