Se dispone de 15 días hábiles desde el momento de la finalización del contrato o desde el despido del trabajador.
Cuando no haya una finalización del contrato o un despido. Es decir, cuando haya una finalización del contrato de manera voluntaria por parte del trabajador, NO se podrá disponer del paro.
Se dispondrá de paro cuando se obtenga, como mínimo, 1 año trabajado. Y la generación que supondrá será de 4 meses por año trabajado, hasta un máximo de 2 años (que equivale a 6 años trabajados).
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