A partir del 19 de noviembre de 2024, el Tribunal Supremo obliga a las empresas a realizar una audiencia previa si quieren justificar un despido disciplinario como procedente.

Definiciones:

  • Audiencia previa: Procedimiento formal que da la oportunidad a la persona trabajadora de expresar su versión de los hechos antes de que la empresa decida formalmente el despido.
  • Despido disciplinario: Decisión de la empresa de finalizar el contrato de trabajo por un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador.
  • Despido procedente: Un despido se considera procedente cuando las causas están debidamente justificadas y se cumplen los requisitos legales y procedimentales.

¿Qué pasa si no se hace esta audiencia previa?

  • Si no se hace, el despido podría ser considerado improcedente, con el riesgo de pagar indemnizaciones más elevadas o tener que readmitir al trabajador.

¿Cuándo entra en vigor esta medida?

  • Este requisito se aplicará sólo para los despidos efectuados a partir del 19 de noviembre de 2024. Los despidos realizados con anterioridad no están afectados por este cambio.

¿Qué hay que tener en cuenta como empresa?

  • Establecer un protocolo interno para asegurar la realización de audiencias previas en todos los despidos disciplinarios.
  • Documentar adecuadamente el proceso para evitar conflictos posteriores.
  • Consultar con tu asesor del área laboral y de RRHH de Gestingral.