Sí, en los siguientes casos:
- Jubilación activa: Por personas que tienen edad de jubilarse y quieren compatibilizar la jubilación con trabajo por cuenta ajena o propio.
- Cuantía: 50% de la pensión.
- Más información
- Jubilación parcial: Por personas que anticipan su jubilación y tienen más de 60 años, se compatibiliza con un contrato a tiempo parcial.
- Cuantía: Entre el 25% y el 85% de la pensión
- Jubilación flexible: Posibilidad por personas jubiladas para compatibilizar la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial.
- Cuantía: Entre el 25% y el 50% de la pensión.