El modelo 720 es una declaración al respecto de los bienes y de los derechos situados en el extranjero, a presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Se declaran las cuentas corrientes en el extranjero, los valores, derechos, seguros y rentas depositadas en el extranjero, y los inmuebles situados en el extranjero. Las elevadas sanciones hacen que sea un modelo a tener muy en cuenta y que puede acarrear graves consecuencias.
¿Qué es el modelo 720?
El modelo 720 es una declaración al respecto de los bienes y de los derechos situados en el extranjero. Es una declaración tributaria de carácter informativo, es decir, de la que no resulta ningún importe a ingresar. Están obligadas a presentar el modelo 720 todas aquellas personas físicas o jurídicas residentes en territorio español, incluidos los establecimientos permanentes y también las comunidades de bienes, herencias yacentes y similares.
¿Cuál es el objetivo del modelo 720?
Este modelo 720, realmente, tiene 3 objetivos:
- Informar al respecto de las cuentas corrientes en entidades financieras situadas en el extranjero.
- Informar al respecto de valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.
- Informar al respecto de inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.
Siempre se deben declarar todos los bienes y derechos del extranjero?
No, se rigen por unas condiciones específicas, entre las más destacadas tenemos las siguientes:
- Si la persona física o jurídica tiene los activos y movimientos contabilizados en sus balances, se exonera de presentar esta declaración.
- Si es la primera vez que se declaran, cuando superen los 50.000 € de valor para cada una de las situaciones descritas anteriormente (cuentas corrientes; valores, derechos, seguros y rentas; e inmuebles).
- Una vez ya se han declarado, hay que volver a declarar siempre que haya una variación superior a 20.000 €.
Estos importes descritos, son en relación a la valoración de cada uno de ellos, con independencia del número de titulares. Es decir, que en el ejemplo de una cuenta corriente con un importe de 60.000 € que es propiedad de 2 titulares, sería necesario que ambos presentaran el modelo 720.
Cuando se presentará el modelo 720?
El modelo 720 se presentará entre el 1 de enero y el 31 de marzo, siempre en referencia a los datos del año anterior.
Por lo tanto, vistas cuáles pueden ser las consecuencias, no dudes en contactar con nosotros ante cualquier situación que se te plantee, y haremos el estudio correspondiente para poder tomar la mejor decisión.