Línea de Avales para la Adquisición de la Primera Vivienda para Jóvenes y Familias con Menores a Cargo

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), en colaboración con el Instituto de Crédito Oficial (ICO), ha puesto en marcha una línea de avales destinada a facilitar el acceso a la primera vivienda para jóvenes menores de 35 años y familias con menores a cargo. Esta iniciativa, dotada con 2.500 millones de euros, tiene como objetivo principal ayudar a aquellas personas que, a pesar de tener solvencia financiera, no han podido ahorrar lo suficiente para la compra de una vivienda.

  • Objetivo de la Línea

La finalidad de esta línea es facilitar el acceso a la primera vivienda a jóvenes y familias con menores a cargo que, a pesar de contar con solvencia financiera, no han generado la capacidad de ahorro suficiente para su compra. El aval del Ministerio permite que el importe del préstamo hipotecario, concedido por la entidad de crédito a estos colectivos, pueda llegar a igualar el valor de tasación o el precio de adquisición de la vivienda, el de menor importe. La línea está dotada con 2.500 millones de euros de aval.

  • Ventajas del Aval

Contar con el aval del Estado contribuye a que el importe del préstamo hipotecario pueda igualar el coste de compraventa o tasación de la vivienda. La práctica bancaria habitual sitúa el importe de los préstamos hipotecarios en el 80% del importe de compra, por lo que el comprador debe contar con un 20% de ahorros para poder acceder a su primera vivienda. El objetivo de esta línea de avales es facilitar que el importe del préstamo que concede la entidad financiera sea superior, sin representar un incremento adicional en el tipo de interés, ya que este aval es gratuito tanto para el cliente como para la entidad.

  • Beneficiarios de los Préstamos Avalados

Pueden solicitar estos préstamos avalados:

    • Jóvenes que no superen los 35 años (ninguno de los compradores puede haber cumplido 36 años en el momento de la firma del préstamo).
    • Familias con menores a cargo (en este caso no hay límite de edad) que adquieran su primera vivienda habitual y permanente en España y que cumplan los requisitos establecidos en esta línea.
  • Requisitos Adicionales para los Solicitantes

Los adquirentes de la vivienda no podrán ser más de dos personas y, en caso de haber dos adquirentes, ambos deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Ser personas físicas mayores de edad con residencia legal en España durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo, de manera continua e ininterrumpida.
    2. Adquirir su primera vivienda dentro del territorio nacional, que será destinada a vivienda habitual y permanente.
    3. No utilizar la vivienda para el ejercicio de una actividad económica en el momento de la formalización del préstamo avalado.
    4. No ser propietarios de otra vivienda con anterioridad.
    5. No tener CIRBE en situación de morosidad en la fecha de formalización del préstamo hipotecario.
    6. No tener un patrimonio neto superior a 100.000 euros. En el caso de que haya dos adquirentes, este límite patrimonial se entenderá para cada uno de ellos.
    7. El precio de compra de la vivienda no puede superar el máximo establecido para cada comunidad autónoma.
    8. Cumplir, en el momento de la formalización del préstamo avalado, los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Requisitos Adicionales para el Programa de Jóvenes

Además de los requisitos anteriores, los jóvenes deberán:

    • No tener más de 35 años en el momento de la formalización del préstamo hipotecario.
    • Los ingresos del joven adquirente no podrán ser superiores a 4,5 veces el IPREM (37.800 € brutos anuales) vigente a la fecha de formalización del préstamo hipotecario. En el caso de adquisición por dos jóvenes, sus ingresos, en conjunto, no podrán superar la suma del límite establecido para cada uno.

Requisitos Adicionales para el Programa de Familias con Menores a Cargo

Además de los requisitos generales, las familias con menores a cargo deberán:

    • Los ingresos del adquirente no podrán ser superiores a 4,5 veces el IPREM (37.800 euros brutos al año) vigente a la fecha de formalización del préstamo hipotecario, y en el supuesto de adquisición por dos adquirentes, en conjunto, no podrán superar la suma del límite establecido para cada uno. Este importe se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo. En el caso de familia monoparental, el límite de ingresos anterior se podrá incrementar en un 70%.

Propiedad de Otra Vivienda

No se podrá beneficiar de estos préstamos si ya es propietario de alguna vivienda en España, excepto en los siguientes casos: a) Ser propietario únicamente de una parte alícuota de la vivienda y que se haya obtenido por herencia o mediante transmisión mortis causa sin testamento. b) Siendo titular de una vivienda, se pueda acreditar la no disponibilidad