En Cataluña, la presentación del impuesto es obligatoria, esto no quiere decir que siempre salga a pagar.
El importe del impuesto de sucesiones que se paga depende del valor de los bienes y derechos que se hayan recibido a través de la herencia, así como de la relación de parentesco entre el fallecido y el heredero.
Por tanto el cálculo es el siguiente (de forma simplificada):
Impuesto de sucesiones = Valor total de la herencia recibida + importe recibido de los seguros de vida del difunto – Reducciones del impuesto.
En algunos casos las reducciones son superiores al valor de los bienes y dinero recibido y por tanto, se presenta el impuesto, pero no se efectuaría ningún pago.
Para obtener el cálculo preciso de este importe es necesario estar bien asesorado, por profesionales que conozcan la normativa vigente.