COVID-19: Nuevas restricciones en la hostelería y restauración y de consumo de tabaco.
Según el acuerdo del gobierno español y las diferentes Comunidades autónomas anunciado la semana pasada, se aplican una serie de nuevas restricciones para el sector de la hostelería y restauración, que se han publicado en el día de hoy en el DOGC. Concretamente, a partir del martes 18 de agosto de 2020 (incluido):
- Horarios:
- Hora máxima de cierre: 01:00h.
- Hora máxima de admisión de nuevos clientes: 00:00h.
- Distancia:
- Separación de 1,5 metros entre mesas.
- Separación de 1,5 metros entre comensales en el servicio de barra.
- Cantidad de comensales:
- Máximo 10 personas en una misma mesa.
Por otro lado, también se aprueba una nueva restricción referente al consumo de tabaco y asimilados:
- Tabaco y asimilados (cachimbas, pipas de agua, etc.):
- Prohibición de fumar en la calle y espacios al aire libre cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de 2 metros.
Por último, cabe considerar dos factores más:
- Aunque se havia anunciado el cierre del ocio nocturno y de bares de copas, la presente Resolución publicada en el DOGC no prevee dicha restricción (que ya estaban cerrados desde el pasado 7 de agosto y por un periodo de 15 días).
- Aunque no es de obligado cumplimiento, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que se limiten a una máximo de 10 personas.
En caso de tener dudas al respecto de la aplicación de estas medidas, puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico info@gestingral.com o el teléfono 93 814 16 87.