Siguiendo con el proceso de desescalada, a partir de próximo lunes 18 de mayo, se han publicado en el BOE una serie de medidas que flexibilizan la situación actual de confinamiento y restricción de la economía, y que afecta a empresas, autónomos y particulares.
¿Qué actividades se permiten en la fase 1 de la desescalada?
- Todas las que ya se permitían en la fase anterior, la fase 0.
- Encuentros de hasta 10 personas.
- Desplazamientos:
- A los municipios de la región sanitaria que esten en fase 1.
- Conjuntos en vehículo privado. Si no hay convivencia: obligatorio mascarilla y limitación de 2 personas por fila.
- Bares y restaurantes:
- Terrazas, con limitación del 50%.
- Además de servicio a domicilio y de recogida en local.
- Comercios:
- No requiere cita previa.
- Limitación del 30% del aforo máximo.
- Se permiten rebajas y promociones.
- Si el local tiene más de 400 metros cuadrados, se debe limitar el espacio a 400 metros cuadrados.
- Pueden abrir administraciones de lotería.
- Salas de conciertos, teatros y cines:
- Apertura a 1/3 del aforo.
- Si el local es cerrado un máximo de 30 personas.
- Si el espacio es abierto máximo de 200 personas.
- Apertura de centros educativos, solo para desinfección, limpieza y tareas administrativas.
- Si lo aprueban los ayuntamientos, apertura de mercadillos al aire libre (con un limite máximo del 25% de los puestos habituales).
- Apertura de bibliotecas, exclusivamente para préstamos.
- Posibilidad de uso de las instalaciones deportivas al aire libre, excepto las piscinas:
- Uso exclusivo individual
- Por parejas en deportes que permiten la distancia (por ejemplo: pádel o tenis).
- También se permite la pesca deportiva o la caza.
Por otro lado, en todos aquellos comercios y bares/restaurantes que decidan reabrir sus negocios:
- En caso que hubieran solicitado la prestación por cese de actividad o port reducción de un 75% de la facturación (paro de autónomos), NO perderán la prestación, y la seguirán percibiendo hasta que dure el estado de alarma, además de no pagar el recibo de autónomos.
- En caso que hubieran efectuado un ERTE de fuerza mayor, deberá decidir cuando se desafectará al primer trabajador, y qué trabajadores y/o en qué porcentajes de jornada. Más información aquí.