En el caso de que trabaje como autónomo desde casa, para deducir los gastos que tengo en mi vivienda, será necesario que sean suministros y sólo podré deducir una pequeña parte de estos, y sólo en el caso de que haya informado a Hacienda de la afectación de esta vivienda. Además, hay que tener en cuenta los posibles sobrecostes de basura en los que se podría incurrir.
Antes de analizar este tema, hay que tener en consideración que se deben cumplir las reglas generales de deducción de gastos por autónomos, y por tanto, considerar que están afectos a la actividad y acreditar mediante una factura.
Visto esto, hay una serie de facturas que van relacionadas con nuestra vivienda, pero que al trabajar desde casa podremos deducir, como pueden ser las facturas de agua, gas, electricidad, internet o telefonía.
Para deducir estos gastos hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- Hay que informar a Hacienda que esta vivienda está parcialmente afecto a la actividad.
- Hay que tener en cuenta que habrá que calcular los metros cuadrados afectados a la actividad (sin contar los espacios comunes).
- Es necesario que sean gastos de suministros, como agua, electricidad, etc.
- Según el criterio de Hacienda, se presupone una afectación del 30% sobre los metros cuadrados afectados a la actividad.
- La deducción será sólo a efectos de la Renta (IRPF), y no sería deducible en el IVA.
Este criterio anterior de afectación del 30%, es sólo una presunción, por tanto, admitirá que el contribuyente deduzca (y demuestre) una afectación superior. O de lo contrario, Hacienda podrá considerar una deducción inferior al 30% si así lo demuestra en una inspección fiscal.
Por último, y muy importante: hay que tener en cuenta que, en caso de dar de alta una actividad desde el propio hogar, el ayuntamiento correspondiente podría solicitar el pago de la tasa o precio público de basuras comerciales.
Un ejemplo para ilustrar el funcionamiento: Tengo una factura de internet de 50 € / mensuales. El espacio que utilizo para trabajar desde casa es una pequeña habitación de 10 metros cuadrados, de los 100 metros cuadrados que hace mi vivienda. Siguiendo el criterio de Hacienda (presunción de afectación del 30%), sólo podría deducir 1,5 € de la factura de 50 € (sólo en IRPF), ya que el cálculo saldría de hacer el 30% del 10% de 50 €.
Por tanto, esta medida aprobada en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que entró en vigor el 1 de enero de 2018, es realmente muy poco efectiva y muchas veces supone más coste la pérdida de tiempo de recoger y aportar las facturas , que no el importe efectivamente deducido. Todo esto aparte de los posibles costes en los que se podría incurrir raíz de las tasas y precios públicos de basura.