Objetivo: se convocan, por parte de la Generalidad de Cataluña, las ayudas por pago del alquiler del año 2023.
Beneficiarios: personas físicas que sean arrendatarias de vivienda habitual o habitación.
Requisitos: los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener residencia legal en Cataluña
- Ingresos:
- Para personas de mas de 35 años: Que los ingresos de la unidad de convivencia sean iguales o inferiores a 25.557,30€ anuales.
- Para personas de 35 años o menos, los ingresos deben ser iguales o inferiores a 25.557,30€ en los siguientes supuestos:
- En el supuesto de que en una misma vivienda existan varios titulares del contrato de arrendamiento o cesión que soliciten de forma individualizada esta subvención, se tendrán en cuenta los ingresos individuales de cada solicitante.
- En el supuesto de que en una misma vivienda existan varios titulares del contrato de arrendamiento o cesión y únicamente uno de ellos solicite esta subvención, se tendrán en cuenta los ingresos individuales del solicitante.
- En el supuesto de que en una misma vivienda convivan varias personas y el solicitante sea el único titular del contrato de arrendamiento o cesión, se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad de convivencia.
- Ser titular, en calidad de persona arrendataria, del contrato de arrendamiento de vivienda o habitación.
- Estar empadronado en la vivienda arrendada.
- Estar al corriente de pago de los importes de la renta y disponer de los justificantes de pago.
- Carecer de vínculo de consanguinidad, adopción o afinidad, hasta segundo grado, con la persona arrendadora.
- No ser socio de la persona jurídica arrendadora.
Importe máximo de alquiler subvencionable:
Cuando se trate de vivienda:
- Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonés, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Oriental): 900 euros.
- Resto de la demarcación de Barcelona: 650 euros.
- Demarcación de Gerona: 650 euros.
- Demarcación de Tarragona: 600 euros.
- Demarcación de Lérida: 600 euros.
- Las Terres de l’Ebre: 600 euros.
Cuando se trate de habitación
- Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonés, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Oriental): 450 euros.
- Resto de la provincia de Barcelona: 350 euros.
- Demarcación de Gerona: 350 euros.
- Demarcación de Tarragona: 300 euros.
- Demarcación de Lérida: 300 euros.
- Las Terres de l’Ebre: 300 euros.
Cuantía: máximo de 240€ mensuales durante las 12 mensualidades de 2023, atendiendo a los siguientes parámetros:
- El importe de la subvención será del 20% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler o el precio de cesión sea igual o inferior al 30% de sus ingresos.
- Será del 30% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler o precio de cesión sea superior al 30% e inferior al 40% de los ingresos.
- Será del 40% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler o precio de cesión sea igual o superior al 40% de los ingresos.
Convocatoria:
- Por las personas que tengan 36 años o más desde el 23 de marzo hasta el 12 de mayo.
- Por las personas que tengan 35 años o menos del 23 de mayo hasta el 5 de abril de 2023.