Este año la campaña de la Declaración de la Renta empieza el día 6 de abril y termina el 30 de junio de 2022. Para poder atenderte lo mejor posible, te aconsejamos no esperar al último momento. Puedes pedir día y hora de visita presencial, por teléfono o por videoconferencia:

  • DNI DEL TITULAR Y DEL CÓNYUGE (IMPRESCINDIBLE PARA TENER DATOS FISCALES)
  • RENTA 2020 (excepto que lo hubiéramos confeccionado desde Gestingral)
  • Certificados fiscales de BANCOS de los intereses cobrados
  • Certificados de la EMPRESA en lo referente a los salarios percibidos
  • Certificado de la PENSIÓN o PRESTACIÓN DEL PARO percibida
  • Certificado de aportaciones a PLAN DE PENSIONES
  • Certificados de cuotas a SINDICATOS, COLEGIOS PROFESIONALES o PARTIDOS POLÍTICOS
  • Carné de FAMILIA NUMEROSA
  • Certificados de DISCAPACIDAD (de titulares, cónyuges e hijos)
  • CERTIFICADOS de donativos a fundaciones y asociaciones
  • SI ES PROPIETARIO Y COBRA ALQUILERES: Contrato de alquiler (y anexos o renegociaciones hechas), gastos de comunidad, reparaciones, seguros,
  • hipotecas, administradores de fincas, etc.
  • ALQUILERES PAGADOS de vivienda habitual (solo deducibles en contratos anteriores al 2015 y/o cumpliendo algunas condiciones)
  • SI SE DEDUCE LA HIPOTECA EN LA VIVIENDA HABITUAL: RECIBOS DE SEGUROS
  • ESCRITURAS DE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES de 2021 y GASTOS ASOCIADOS (ya sea compra o herencia: notario, impuestos, gestoría, registro, etc.)
  • COMPRAVENTA ACCIONES -> IMPORTES Y FECHAS DE COMPRA Y DE VENTA
  • COMPRAVENTA CRIPTOMONEDES -> IMPORTES Y FECHAS DE COMPRA Y DE VENTA
  • EN CASO DE VENTA DE UNA VIVIENDA O INMUEBLE:
    • Escritura de compra de la vivienda antigua que se haya vendido
    • Justificantes de TODOS los gastos de la compra de la vivienda antigua (notario, impuestos, gestoría, registro, etc.)
    • Cancelación de la hipoteca de la vivienda antigua (recibido del banco)
    • Escritura de venta (copia simple) de la vivienda antigua y gastos de venta (Comisiones inmobiliaria, plusvalía municipal, etc.)
    • Si ha reinvertido el importe de la venta de este: Escritura de compra de la nueva vivienda y TODOS los gastos de compra (notario, impuestos, gestoría, registro, etc.)
    • Declaraciones de Renta desde el año que se compró la vivienda antigua (si no las hicisteis en nuestro despacho)
  • COMPROBANTES BANCARIOS DE AYUDAS RECIBIDAS:
    • Rentas de emancipación, compra de viviendas, etc.
    • Ayudas recibidas por parte de la Generalitat (2.000€ autónomos, ayudas directas por sectores afectados, etc.)
  • PLAN PREVER – PIVE – RENUEVO de ayuda en la compra de vehículos