- Siempre que se cumpla cualquier de los siguientes requisitos:
- La facturación sea igual o superior al salario mínimo interprofesional (SMI), es decir, 965€.
- Haya habitualidad en la actividad, es decir, siempre que la actividad se produzca en los mismos márgenes temporales (por ejemplo, cuando se emite una factura una vez al mes o cada dos meses).
- Haya un establecimiento abierto al público.